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SII: ya solo falta una semana

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Impuestos

20 de enero, de abril, de julio y de octubre. Para el común de los mortales, esos cuatro días del año no significan nada, pero empresarios, autónomos y profesionales tienen esas cuatro fechas grabadas a sangre y fuego en sus calendarios: son las fechas límite para la presentación del IVA de los trimestres anteriores. Así, mientras nosotros estamos pensando ya en las vacaciones de verano, muchas personas están haciendo números, recopilando facturas, cuadrando cuentas y, en no pocos casos, asegurándose de aprovisionar en cuenta el dinero necesario para la correspondiente autoliquidación. Sin embargo, con el cambio de mes esto va a cambiar para 62.000 empresas, con la puesta en marcha por parte de la Agencia Tributaria del SII (Suministro Inmediato de la Información), un nuevo sistema aprobado por el Consejo de Ministros el diciembre del año pasado, y que oficiosamente ya se conoce como IVA online. Aunque ya te hablamos de manera extensa de este cambio hace algunos meses, ahora, a falta de solo una semana de su puesta en marcha, vamos a repasar los puntos clave de lo que está por llegar.

Lo fundamental es que, como su propio nombre indica, se modificarán sustancialmente los plazos de empresas y profesionales para la presentación de sus facturas a la administración pública. Y es que, si hasta ahora se presentaban en bloque, de manera trimestral. ahora solo se contará con  un plazo de cuatro días hábiles, desde que se emite y anota la factura, hasta que se presenta a la Agencia Tributaria de manera telemática. De manera excepcional, durante el segundo semestre de 2017, a modo de periodo de adaptación, ese plazo se multiplicará por dos (ocho días hábiles), pero a partir del uno de enero de 2018 (salvo aprobación de alguna moratoria), se aplicará el plazo definido por la nueva norma.

De esta manera, aunque las empresas seguirán manteniendo sus libros del IVA, existirá un versión digital de los mismos en la Agencia Tributaria, que de esta manera dispondrá casi en tiempo real de toda la información relacionada con las facturas, lo que le facilitará el cruce de datos y, por lo tanto, la detección del posibles fraudes en lo referido a la tributación de este impuesto. El impacto económico previsto por a puesta en marc ha de este nuevo sistema rondará lo 700 millones de euros entre 2017 y 2018.

Otro cambio muy importante es que, para quienes se acojan al nuevo sistema (tanto los que están obligados a ello como los que lo elijan voluntariamente) es que la autoliquidación del IVA pasará a ser mensual y, eso sí, se ampliará en 10 días el plazo para hacerlo, que pasará a ser el día 30 del mes siguiente (salvo en el caso de enero, cuya fecha límite será el 28 o 28 de febrero). De esta manera, se «perderá» algo de tiempo entre que se emite una factura y se abona el IVA de la misma (algo que puede ser problemático con pagadores a medio plazo), pero por otra parte se reduce la necesidad de mantener aprovisionado el dinero de todo el trimestre para realizar el pago.

El colectivo que será incluido de manera obligatoria en el SII representa, aproximadamente, el 80 por 100 de la facturación empresarial en España. En concreto, serán incluidos obligatoriamente en el SII los contribuyentes inscritos en el Registro de Devolución Mensual del IVA (REDEME), las grandes empresas (aquellas que cuenten con una facturación anual de más de seis millones de euros) y los grupos de IVA. Además. complementariamente, cualquier otro contribuyente que no reúna estos requisitos puede optar voluntariamente por emplear el SII.

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